El pasado 8 de julio de 2.007, desde la dirección de esta web remitimos un correo electrónico al Sr. Presidente del Gobierno, D. José Luis Rodríguez Zapatero, que podeís consultar íntegramente aquí: Carta al Sr. Rodriguez Zapatero, Presidente del Gobierno
Con fecha 28 de noviembre de 2.007, hemos recibido respuesta a nuestro escrito, la cual transcribimos a continuación:
Contesto al escrito que ha enviado a la Presidencia del Gobierno, en
relación con la prestación económica de pago único por nacimiento o
adopción, agradeciéndole su confianza al escribir.
Al respecto, le comunico que la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por
la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, y la prestación económica de pago
único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción, regula esta
prestación económica, cuya cuantía asciende a 2.500 euros.
Esta nueva prestación, que es compatible con la actual deducción por
maternidad, tiene la finalidad de compensar en parte los mayores gastos que
ocasiona el nuevo ser, en especial en la primera etapa de su vida. El
Gobierno ha querido incrementar de esta manera, el apoyo otorgado en
nuestro país a la familia, y que se beneficien de la medida, con carácter
retroactivo, todas las familias que hayan tenido o adoptado un hijo a
partir del día 1 de julio. La beneficiaria será la madre, o bien el padre
cuando hubiera fallecido la madre sin haber solicitado la prestación y, en
el caso de que las personas adoptantes fueran del mismo sexo, aquella que
ambos determinen de común acuerdo.
La prestación únicamente procederá en los casos en que el nacimiento se
haya producido (o la adopción se haya formalizado) en territorio español.
Otro requisito imprescindible es que el beneficiario haya residido de forma
legal, efectiva y continuada en territorio español al menos durante los 2
años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento o de la adopción.
En cuanto a la solicitud de la prestación por parte de los
beneficiarios, se han elaborado unos modelos de impreso (formulario nº 140
y 141) que están disponibles en las oficinas de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria y en los Registros Civiles, así como en las
páginas Web: http://www.aeat.es , y www.agenciatributaria.es . Se han puesto,
además, a disposición de los ciudadanos, dos teléfonos en los que se puede
recabar información al respecto: 901200345 y 901335533.
Se prevé que la nueva prestación que se ha empezado a pagar desde el
pasado día 20 de noviembre, a través de la Agencia Tributaria, haya sido
recibida, antes de fin de año, por un total de 120.000 familias.
Por otra parte, en el caso de beneficiarios que no realicen una
actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el
régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad en el momento
del nacimiento o la adopción, o en el supuesto de no cumplir con el resto
de los requisitos de la letra a) del artículo 3 de la Ley, la prestación
no contributiva de 2.500 euros la recibirán de la Seguridad Social, y
corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social la gestión y
administración de dicha prestación.
Asimismo, la Ley prevé una prestación de la Seguridad Social en pago
único de 1.000 euros más, en los casos de adopción o nacimiento y si se
trata de: familia numerosa, familia monoparental con una única fuente de
ingreso, o si la madre padece una discapacidad igual o superior al 65 por
ciento, siempre que los beneficiarios de la prestación acrediten ingresos
no superiores a 11.000 euros. Este límite aumenta en el caso de familias
numerosas y por el número de hijos a cargo.
La solicitud de las prestaciones, en los anteriores supuestos, debe
presentarse a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para
más información se puede consultar la página Web: www.seg-social.es .
Estas prestaciones son universales y acumulativas, por lo que la
percibirán las familias beneficiarias sin que, en ningún caso, sean
incompatibles con otras medidas o ayudas existentes.
Además, la nueva norma contempla, en el marco de las políticas
estatales, y siempre con respeto al marco competencial de las Comunidades
Autónomas, que el Gobierno impulsará las políticas tendentes a desarrollar
la escolarización de cero a tres años, incrementando, a partir de los
Presupuestos Generales del Estado para el 2008, las partidas destinadas a
financiar la puesta en marcha de nuevos centros y servicios que posibiliten
la extensión de la red de escuelas infantiles en dicho tramo de edad.
Reciba un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del
Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
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